CNMC emite recomendaciones al anteproyecto de ley de digitalización financiera de España

La CNMC emitió 5 recomendaciones sobre el sandbox financiero y advirtió sobre la introducción de un régimen de la autorización de la publicidad de criptoactivos en España.

Foto: DPL News

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La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) de España planteó cambios al Anteproyecto de ley de digitalización y modernización del sector financiero (APL),conocido como sandbox financiero.

El Anteproyecto incorpora medidas destinadas a modernizar el marco normativo y a facilitar la aplicación de nuevas tecnologías como los criptoactivos y el uso de la Tecnología de Registro Distribuido (DLT,por sus siglas en inglés) o el espacio de pruebas financiero. Contempla la modificación de más de una docena de leyes que determinan el actual régimen jurídico del sistema financiero español.

En su Informe sobre el anteproyecto,el regulador financiero español emitió cinco recomendaciones:

Reforzar la transparencia en la información y resolución de dudas.

Permitir que los proyectos innovadores y estratégicos puedan presentarse en cualquier momento del año. 

Especificar el régimen de caducidad del procedimiento de evaluación y sus consecuencias para los promotores. 

Contemplar la eliminación de tasas también a los promotores que firmen protocolos con autoridades distintas a la CNMV. 

Subrayar que los entornos controlados de prueba no eximen del cumplimiento de la normativa nacional y europea de competencia. 

“La CNMC considera que la introducción de la digitalización y el impulso de la innovación van de la mano de una mejora de la competencia,no sólo en el sector financiero,sino en el conjunto de la economía”,consta en el informe.

Regulación de criptoactivos

En cuanto a la regulación de las criptomonedas,la CNMC advirtió que el APL parece ir incluso más allá del reglamento MiCA (Markets in Crypto-Assets),el marco regulatorio europeo sobre cripto,al contemplar la posibilidad de que la Comisión someta a autorización previa la publicidad de criptoactivos.

Por ello,en su informe recordó que “un régimen de autorización de comunicaciones publicitarias sólo debería introducirse en caso de resultar justificada su necesidad y proporcionalidad,debiendo valorarse igualmente la existencia de alternativas,como recurrir a comunicaciones previas,declaraciones responsables o supervisión ex post”.

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